miércoles, 2 de noviembre de 2011

Sistema electoral español

 Para intentar hacer comprender el sistema electoral español, me permito colocar en el blog un articulo de la web http://malaga.economiacritica.net/?p=251
que a mi entender ilustra muy bien el sistema electoral español. Me permito subrayar lo que me parece muy interesante.
España tiene un sistema parlamentario, lo que significa que tiene un Jefe de Estado y un Jefe de Gobierno claramente diferenciados. 
En los sistemas parlamentarios, el Jefe de Estado tiene un poder testimonial, y suele ejercer principalmente las funciones de representación; 
el Jefe de Gobierno, sin embargo, adquiere la mayor parte del poder, y tiene como función fundamental tomar las decisiones importantes del país. 
España, en particular, como decisión pactada durante la transición, y respetando así la voluntad del dictador Franco, es además una monarquía.Por lo tanto, el Jefe de Estado en nuestro país es el rey, actualmente Juan Carlos I, y la sucesión en el cargo es hederitaria y no democrática.
 En cambio, el Jefe de Gobierno, actualmente Zapatero, sí será elegido mediante un sistema democrático indirecto. Y es indirecto porque los ciudadanos no eligen al que será presidente de Gobierno, sino a los representantes del Congreso, que serán quienes luego propongan al presidente.
España es un sistema político bicameral, es decir, con dos cámaras de representantes. La cámara baja, o Congreso, y la cámara alta, o Senado. 
En España, el órgano realmente es importante es el Congreso, pues será allí donde se dictaminen la mayoría de leyes y se debata con mayor repercusión acerca de los problemas fundamentales del país. El Senado, no obstante, tiene capacidad para vetar o enmendar las leyes que se establecen en el Congreso, pero para evitar los bloqueos legislativos esta capacidad no es decisiva ni vinculante.
El sistema electoral es el procedimiento a través del cual los votos se convierten en representantes en las cámaras. En muy pocos países del mundo se utiliza un sistema proporcional, que significa hacer depender el porcentaje de representación parlamentaria del porcentaje de votos recibidos. Es decir, una persona = un voto. Esta es, no obstante, la idea ingenua que suelen tener los ciudadanos de la democracia moderna: los votos tienen todos el mismo valor. Sin embargo, la realidad es que no sucede así.
En España, por ejemplo, se utiliza una división por circunscripciones y un método matemático, llamado Ley D’Hont, para repartir los representantes dentro de cada circunscripción.
Una circunscripción es una división electoral en el interior del país. En España cada provincia es una circunscripción, y también lo son las dos ciudades autónomas, Ceuta y Melilla. A cada circunscripción le corresponde un número determinado de representantes por ley, y otros tantos en función de la población.
Cuando existen circunscripciones, los ciudadanos votan a sus representantes en cada circunscripción y no, como se suele pensar erróneamente, a los candidatos para presidente de gobierno del país. En Málaga no se vota por Zapatero, Rajoy o Llamazares, sino por las listas que cada partido político presenta en esa provincia.
Las listas al Congreso son cerradas, es decir, uno vota al partido político y no a las personas, en sí mismas, que lo forman. El orden en las listas lo determinan los propios partidos políticos, y los ciudadanos no pueden alterarlo.
 Las listas al Senado, en cambio, son abiertas, lo que significa que los ciudadanos votan a las personas que quieren, con independencia del partido del que formen parte. En el Senado es posible votar por varias personas de partidos diferentes.
El reparto de los representantes dentro de cada circunscripción se hace mediante un método matemático llamado Ley D’Hont, que está pensado para penalizar a los partidos minoritarios. 
No es un sistema proporcional, de modo que tener el 10% de los votos no garantiza obtener el 10% de los representantes, por ejemplo. El resultado final dependerá del número de votos totales, del umbral establecido y de los votos otorgados a otras formaciones políticas.
Veamos un ejemplo en nuestra provincia. Para el Congreso, a la circunscripción de Málaga le correspondió en las pasadas elecciones de 2004 un total de 10 representantes. Esos representantes se los disputaron un total de 20 partidos políticos. El PSOE consiguió un 49′72% de los votos, el PP un 36′45%, IU un 6′39%, el PA un 4,40% y las demás formaciones recibieron el resto.
Aplicada la Ley D’Hont, el resultado fue el siguiente: PSOE con 6 diputados y PP con 4 diputados. Como se observa, los votos que recibieron las otras formaciones no tuvieron correspondencia alguna en los representantes electos, y se perdieron en el vacío. Lo mismo sucedió en el resto de provincias de España.
La consecuencia global es, en realidad, sumamente dramática. Partidos que en total suman un mayor número de votos acaban teniendo menor representación que otros con un menor respaldo electoral.
 Veamos, con ayuda de un gráfico extraído del blog de La Mirada del Mendigo, la diferencia entre la existencia de varias circunscripciones y la existencia de una única circunscripción. Es decir, compararemos el actual sistema español con un hipotético sistema democrático de una única circunscripción y que respetara la máxima de una persona = un voto.

Tabla electoral
Como se puede comprobar, con el actual sistema electoral salen beneficiados los dos grandes partidos de ámbito nacional, es decir, PP y PSOE.


En cambio, el más perjudicado es, por mucho, Izquierda Unida. Cada diputado de la formación de Llamazares está respaldado por 256.816 votantes, mientras que los del PSOE únicamente por 67.233 votantes. Observad que el Partido Popular tiene el 42′29% de los diputados, mientras que recibió únicamente el 37′71% de los votos.
Otro fenómeno que salta a la vista es la debilidad representativa de Izquierda Unida en comparación con otros partidos minoritarios. Mientras que IU recibió tres veces más votos que el PNV, tiene dos diputados menos como representación.
En definitiva, si el voto de cada español valiese lo mismo, el Partido Popular tendría que tener diez diputados menos, el Partido Socialista nueve menos, el PNV uno menos, ERC y BNG uno más cada uno, CIU dos más, PA tres más, e Izquierda Unida trece diputados más.
Sin embargo, y pese a la evidencia empírica que corrobora que este sistema es profundamente antidemocrático, ninguno de los dos grandes partidos (PP y PSOE) están dispuestos a cambiar la ley. ¿Casualidad?

Otro articulo que habla sobre el sistema electoral español.. http://www.larepublica.es/spip.php?article2278







El vigente sistema electoral hunde sus raíces en el Decreto Ley 20/1977 de 18 de Marzo que reguló las primeras elecciones al Congreso de los Diputados y al Senado. Este Decreto Ley se publica en cumplimiento de la disposición transitoria 1ª de la Ley de Reforma Política que atribuía al Gobierno la potestad de regular las primeras elecciones para constituir un Congreso de 350 diputados y un Senado de 207 senadores.


En el capítulo II del referido decreto (Distritos y Secciones Electorales) fija que la provincia será la circunscripción electoral concretando los diputados que corresponden a cada una de ellas. Así Ceuta y Melilla elegirán 1. Soria, Guadalajara. Segovia, Teruel, Palencia, Ávila y Huesca 3 . Cuenca, Zamora, Álava, Logroño, Albacete, Lérida, Burgos y Salamanca 4. Almería, Huelva, Castellón, Lugo, Cáceres, Orense, Gerona, Valladolid, Toledo, Tarragona, Ciudad Real, Navarra y Santander 5. León, Baleares y Las Palmas 6. Badajoz, Jaén, Córdoba, Granada, Guipúzcoa y Tenerife 7. Zaragoza, Pontevedra, Murcia, Málaga y Cádiz 8. Alicante y La Coruña 9. Asturias y Vizcaya 10. Sevilla 12. Valencia 15. Madrid 32 y Barcelona 33.


Así mediante este decreto ley postfranquista y preconstitucional se fijó un número inicial de dos diputados por provincia (excepto Ceuta y Melilla con uno) y el resto en función de la población, atribuyéndose 1 escaño por cada 144.500 habitantes o restos de población superiores a 70.000.


Para la asignación de escaños al Congreso no se tendrían en cuenta aquellas listas electorales que no alcanzasen el 3% en el distrito o circunscripción provincial y la concreción de los diputados de cada provincia se realizaría mediante el método de divisores naturales o regla D´Hont.


Respecto al Senado, se elegirían 4 senadores por provincia por el sistema mayoritario con sufragio restringido, siendo el máximo a elegir 3 senadores.


El sistema electoral elegido por el gobierno de Suárez y la monarquía absoluta de Juan Carlos de Borbón era fiel reflejo de su voluntad política y de la democracia que querían para los españoles y que defenderían e impondrían después en la Constitución del 78.


La Constitución Española del 78, “consensuada” bajo presión de los poderes fácticos de entonces, recoge en su art. 68 los elementos esenciales del sistema electoral contenidos en el Real Decreto Ley del 77, tal y como lo recoge en su preámbulo, la Ley 5/1985 del Régimen Electoral General: “Sustituye al vigente Real Decreto Ley de 1977 que ha cubierto adecuadamente una primera etapa de la transición democrática de nuestro país. No obstante esta sustitución no es en modo alguno radical, debido a que el propio texto constitucional acogió los elementos esenciales del sistema electoral contenidos en el Real Decreto Ley.”


El art. 68 de la CE dice: 68.1 “El Congreso se compone de un mínimo de 300 y un máximo de 400 Diputados, elegidos por sufragio universal, libre, igual, directo y secreto, en los términos que establezca la ley.”


68.2 “La circunscripción electoral es la provincia. Las poblaciones de Ceuta y Melilla estarán representadas cada una de ellas por un Diputado. La Ley distribuirá el número total de Diputados, asignando una representación mínima inicial a cada circunscripción y distribuyendo los demás en proporción a la población.”


68.3 “La elección se verificará en cada circunscripción atendiendo a criterios de representación proporcional.”


La Ley Orgánica 5/1985 de 19 de Junio desarrolla el art. 68 de la CE y vuelve a ratificar el sistema diseñado por el Real Decreto Ley de 1977 , al que deroga, siendo el PSOE el partido gobernante y además con mayoría absoluta.


Hasta aquí la pequeña historia legislativa del sistema electoral. Si analizamos con detenimiento el contenido de la normativa electoral y los efectos que ha producido en las 10 elecciones celebradas al Congreso de los Diputados podemos afirmar: a) Que existe una discriminación entre las diferentes circunscripciones electorales en relación al “costo” por diputado si tenemos en cuenta la población. Diez provincias se han visto perjudicadas históricamente, especialmente Madrid (-10 diputados) y Barcelona (-9 diputados), además de Sevilla y Valencia. Por el contrario se han beneficiado 27 provincias que son aquellas que cuentan con menos habitantes oscilando entre 1 y 2 diputados más de los que le corresponderían por población. La desigualdad territorial es evidente y sin justificación alguna que lo explique.


b) La 2ª discriminación constatable es la que se deriva del voto de cada ciudadano según vote a unos partidos políticos o a otros es decir la discriminación ideológica. Así hay formaciones políticas que obtienen un diputado con un número de votos muy inferior al de otras. En las elecciones al Congreso de 2008, al PNV le costó tan sólo 51.021 votos cada diputado, al PP 66.740, al PSOE 66.800 frente a los 306.079 que le costó a UPyD o los escandalosos 484.983 de IU. Si comparamos el valor de los votos de PP y PSOE con los de IU resulta que los que votan a esas formaciones tienen un valor 7 veces mayor que los que votan a IU


c) El sistema de elección para nombrar los diputados por provincia, el sistema D´Hondt, es un método matemático no proporcional pues beneficia a los partidos mayoritarios de ámbito estatal y a algunos nacionalistas generando de nuevo otra distorsión o discriminación más sobre todo cuando se trata de circunscripciones con menos de 10 diputados.


d) El sistema electoral vigente, fomenta institucionalmente el bipartidismo a nivel estatal, impidiendo la consolidación de un tercer partido moderador o bisagra y con ello reduce el pluralismo político. Deja a los partidos nacionalistas como única alternativa para pactar. e) Frente a lo que suele creerse, los únicos partidos beneficiados por el actual sistema electoral en las 10 elecciones celebradas desde 1977 hasta 2008 han sido el PSOE (más 168 diputados ), el PP (más 94) y el PNV (más 11) viéndose perjudicados el resto de formaciones políticas tanto nacionalistas como estatales. Así la más perjudicada por el sistema electoral ha sido IU (menos 134 diputados), el PA (menos 16) ERC y LV (menos 15) BNG (menos 10) , CIU (menos 5) y UPy D (menos 3) por citar a las más representativas. Históricamente todos los partidos nacionalistas excepto el PNV se han visto perjudicados por el sistema electoral nacido en el postfranquismo y ratificado por la CE y la Ley del 85.


La Constitución, en su artículo 1.1 propone como “valores superiores de su ordenamiento jurídico la libertad, la justicia, la igualdad y el pluralismo político.” ¿Se garantizan esos valores en la representación política con el sistema electoral actual? La respuesta es NO. Si la representación política fuera realmente proporcional como recoge el art.68.3 de la CE, cada ciudadano podría votar por su opción preferida sin cortapisas de ningún tipo y sin verse presionado por el llamado “voto útil”. Con el sistema en vigor, los resultados no son proporcionales pues una formación con menos votos puede conseguir más escaños como así ha ocurrido en más de una ocasión. ¿Cómo se permite eso? ¿Se pueden perder y ganar a la vez las elecciones? Algunos expertos electorales creen que en realidad el sistema electoral español es mayoritario atenuado y no proporcional, llegando algunos a decir que no hay un sistema electoral, sino que lo que existe son 52 sistemas electorales para el Congreso. El 62% de los españoles votan en circunscripciones de 10 escaños o menos, por lo que saben que si su primera preferencia no supera el 10%, su voto será electoralmente inútil. La libertad de elección por tanto no está garantizada.


Si los partidos políticos no obtienen la proporción de escaños que los ciudadanos les conceden, no se garantiza en absoluto, el valor superior de la justicia en la representación electoral. El anexo 2 recoge los partidos beneficiados y perjudicados en las 10 elecciones celebradas al Congreso, si en la asignación de escaños, se hubiese respetado el porcentaje de voto que cada fuerza política ha recibido en todo el Estado al igual que ocurre en las elecciones al Parlamento europeo donde todos los votos tienen el mismo valor.


Tampoco se garantiza la igualdad de los ciudadanos y partidos respecto al valor de representación de sus votos, pues además del límite establecido del 3% para obtener representación, la desigualdad entre unos y otros resulta irritante. ¿Cómo explicar que el PSOE obteniendo unas 11veces más votos que IU, tenga 85 veces más diputados?


La clave está en garantizar una representación proporcional real y no virtual, que resolvería simultáneamente los problemas de libertad, igualdad, justicia y pluralidad. Los mecanismos y métodos matemáticos para conseguir la proporcionalidad y por tanto la equidad en la representación parlamentaria pueden ser varios. Unos necesitarían modificar el art. 68 de la CE si afecta a las circunscripciones o distritos electorales, otros simplemente con modificar la el método D´Hont y ampliar el número de diputados a 400. La última palabra la tienen los dos partidos mayoritarios PP y PSOE y de su voluntad política y de sus convicciones auténticamente democráticas de resolver esta injusticia histórica electoral. Las objeciones contra la proporcionalidad provienen de los beneficiados por el actual sistema (PP y PSOE) que esgrimen la “gobernabilidad” como argumento. Sin embargo 30 años después de aprobada la CE ese argumento carece ya de vigencia, y así en lugar de la “gobernabilidad” tenemos confrontación, polarización entre los dos partidos y dependencia periférica de los partidos nacionalistas a la hora de los pactos. Del miedo a la fragmentación política de la transición hemos pasado al “bipartidismo imperfecto” que está afectando ya al pluralismo político y a la calidad democrática de las instituciones. Resumiendo: Mientras no se reforme la Ley Electoral del 85, no tendremos una auténtica democracia, sino un sucedáneo o simulacro de autogobierno legitimado por un perverso y maquiavélico sistema electoral nacido en el postfranquismo y vigente aún en nuestros días. La regeneración democrática sólo será posible cuando los dirigentes del PSOE y del PP asuman y actúen en consecuencia respecto a los valores supremos de libertad, justicia, igualdad y pluralismo político, convengan o no a sus intereses electorales.


La reforma del sistema electoral español es, además de una exigencia de ética democrática, una exigencia de Estado, una cuestión de Estado, pues los perjudicados somos todo el país y sus ciudadanos que no pueden seguir aceptando unas reglas de juego fraudulentas que por la vía de su formalidad legal, se convierten en una verdadera estafa.


Granada, 28 febrero 2009.


Baltasar Garzón Garzón.






Mas sobre el tema






http://www.elpais.com/articulo/opinion/maquiavelico/sistema/electoral/espanol/elpepuopi/20080216elpepiopi_11/Tes







El sistema electoral español es infinitamente más original de lo que parece a primera vista, y es bastante maquiavélico". Quien así habla no es ni un desinformado ni un antisistema resentido, es Óscar Alzaga, uno de los padres del propio sistema. Los dos adjetivos que utiliza describen a la perfección la criatura que él y otros miembros de la UCD alumbraron durante la Transición y que todavía perdura.

Pero un sistema mayoritario se caracteriza por sobrerrepresentar al partido ganador facilitando así que forme gobierno. Y nuestro sistema no siempre beneficia al primer partido: en 2004 las elecciones las ganó el PSOE, pero el más beneficiado fue el PP. Mientras los votantes socialistas recibieron un 3.3% de escaños por encima de lo que hubiera sido proporcional, los populares se vieron agraciados con un 3.7%. De hecho, con el actual empate técnico puede suceder que el PP quede segundo en votos pero primero en escaños, perdiendo y ganando a la vez las elecciones (¡!). Las más elementales leyes de la semántica impiden denominar "mayoritario" a un sistema que posibilita semejante resultado.Su originalidad es tal que los especialistas no acaban de catalogarlo. Aunque la Constitución habla de "representación proporcional", lo cierto es que las desproporciones en los resultados son de las mayores de la escena internacional. No sólo no se garantiza una proporción más o menos ajustada entre votos y escaños, es que ni siquiera se salvaguarda el mero orden en el que los votantes colocan a los partidos: una formación con menos votos que otra puede conseguir más escaños. Por eso muchos estudiosos del sistema no lo consideran proporcional sino mayoritario atenuado.


Entonces, ¿qué es? Bien, ya se ha dicho: es original. De hecho, lo es tanto que puede afirmarse que su esencia consiste en su inexistencia. El "sistema electoral español" es una construcción meramente verbal que carece de una realidad empírica a la que aplicarse con sentido. Lo que hay son 52 sistemas electorales (50 por provincia más Ceuta y Melilla). Los sistemas en los que se eligen muchos escaños son proporcionales. Los sistemas en los que se eligen 3, 4 o 5 escaños no. La ciencia política suele estimar que estos últimos tienen efectos "mayoritarios", algo que a mi juicio no merece el noble principio de mayoría. Por eso, si me permiten la licencia, yo les voy a denominar "distorsionantes". Porque lo que hacen esos sistemas es distorsionar, y por partida doble y superpuesta.


Pensemos en Teruel, con 3 escaños. Un sistema así distorsiona en primer lugar el propio voto de muchos ciudadanos. Un voto útil no es otra cosa que una emisión de preferencias distorsionada: "Yo prefiero A, pero he de votar por B". Y distorsiona, en segundo lugar, los resultados. Porque el reparto de escaños va a ser prácticamente siempre de 2 a 1 -aunque el partido vencedor lo sea sólo por un voto- y porque todos los votos a terceros partidos se quedan sin representación.


Conviene entonces no claudicar ante la magia de las palabras: no hay "un sistema electoral español", y es preferible hablar, como empiezan a hacer los especialistas, de "los sistemas electorales para el Congreso". La imagen mental adecuada no es la de una entidad más o menos unívoca, sino más bien la de una escala. Una escala en la que se sitúan 52 posibilidades y cuyos límites son por un lado la distorsión y por otro la proporcionalidad.


Soria, con 2 diputados, es un extremo de esa escala; Madrid, con 35, es el otro. Y cada provincia se sitúa de acuerdo a su número de escaños. El 62% de los españoles votan en circunscripciones de 10 escaños o menos, por lo que saben que si su primera preferencia no supera aproximadamente el 10% de los votos, su voto será electoralmente inútil. En ellas se impone a fuego el bipartidismo, ya que sólo el PP y el PSOE pueden en la práctica verse representados (o, en su caso, los nacionalistas). En las cinco provincias en las que habita el 38% de españoles restante serían a priori posibles nuevos partidos e iniciativas, pues la proporcionalidad es elevada. Pero recordemos a Alzaga: no sólo original, también maquiavélico.


Como en un taller de alquimia, la escala que acabamos de describir se encuentra salpicada con unas cuantas gotas de sufragio desigual. Las provincias más pequeñas eligen más escaños de los debidos, disfrutando así de un poder de voto mayor. En las últimas generales el precio del escaño basculó desde las 20.000 papeletas de Soria hasta las 100.000 de Madrid. Tenemos así dos escalas que corren paralelas pero en sentido contrario. La primera nos divide en 52 grupos de acuerdo a nuestra mayor o menor proporcionalidad (sistemas electorales diferentes). La segunda nos divide en otros tantos grupos de acuerdo a nuestro mayor o menor poder de voto (sufragio desigual).


Maquiavelo habría tomado apuntes: los electores cuyos votos son fuertes se hallan en los sistemas "distorsionantes" y por tanto presionados para votar útil o, lo que es lo mismo, a los dos grandes; los votantes eximidos de esa losa psicológica son libres, pero sus votos son débiles. En cifras: en Teruel bastan 25.000 votos para alcanzar un escaño, pero es que eso es un 33% de los votantes turolenses y por tanto sólo el PP y el PSOE pueden permitirse tales escaños de saldo. En Madrid un 3% de los votos suponen 3 escaños, pero es que eso equivale nada menos que a 300.000 votantes.


Aunque centrarse sólo en ellos es ya a mi juicio parte del problema, los efectos del entramado son obvios. Por un lado se impone el bipartidismo y se fomenta la polarización, siendo casi imposible que surja un partido de centro que pueda ejercer un factor moderador. Por otro, la única alternativa para pactar la ofrecen los nacionalistas.


¿Qué hacer? La decisión sobre el sistema electoral configura una situación en buena medida excepcional desde el punto de vista de la filosofía política. Nadie defiende, por ejemplo, que sean las empresas las que redacten las leyes anti-monopolio: esa labor ha de corresponder a instituciones que, situadas por encima de ellas, vayan más allá de sus intereses. Pero el sistema electoral lo deciden los partidos y, ¿qué hay por encima de ellos? "La ley y el Estado de Derecho", se dirá, pero es que la ley y por tanto el derecho son, empezando por la propia Constitución, creaciones suyas.


Si hay otro cuerpo en el Estado que comparte esa situación soberana de los partidos es el militar. El ejército no tiene por encima nada que pueda controlarlo, lo que explica el destacado papel que el honor y la obediencia han desempañado siempre en su código moral: son nuestra única garantía. De ahí que, de la misma manera que la democracia sólo germinó cuando las cúpulas militares interiorizaron de verdad su acatamiento al poder civil, compartieran o no sus designios, la regeneración de la democracia sólo será posible cuando las cúpulas partidistas asuman ciertos principios, convengan o no a sus intereses.


Por eso, a pesar de que de ellos no se escuche ya últimamente ni el más leve susurro, resulta fundamental volver a hablar de principios. Cuando uno lee a los viejos defensores del ideal de la proporcionalidad descubre los valores que la nutren: a los electores les garantiza libertad; a los resultados, justicia. Y cuando uno vuelve a los clásicos de la democracia, recuerda que hay un valor que bajo ningún concepto puede claudicarse: laigualdad del voto. Son las élites de los grandes partidos las que han impedido que esos tres valores sean hoy y ahora una realidad entre nosotros. Llevar los principios al centro del debate y recordar lo que significa "inalienable" es el primer paso para evitar que puedan seguir haciéndolo.



Jorge Urdánoz Ganuza es doctor en Filosofía y Visiting Scholar en la Universidad de Columbia, Nueva York.

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